jueves, 21 de mayo de 2009

Jueves 21 de mayo de 2009

El ayuntamiento suspende el estudio de licencias de locales nocturnos en Lagasca, Adoberies y Las Tascas

Levante 21-05-09

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Ocio nocturno. El ayuntamiento limita los permisos para nuevos locales. levante-emv

Nacho Martín, Castelló

El Ayuntamiento de Castelló anunció ayer en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) la suspensión del estudio de cualquier nueva licencia para pubs o bares con música en las zonas afectadas por los Planes de Acción Zonal de Adoberies (entorno de la Avenida del Mar, calles Orpesa y Torreblanca), Lagasca y Las Tascas.

Ninguna nueva solicitud será admitida a trámite durante el periodo de aplicación del Plan Acústico Municipal y los distintos Planes de Acción Zonal destinados a reducir la contaminación derivada del ruido en la capital de la Plana.

El mencionado plan acústico ha planteado sobre la mesa un diagnóstico de los volúmenes de contaminación acústica que padecen los castellonenses y sus principales causas. La primera de todas es el tráfico de vehículos, aunque también se hace especial hincapié en el impacto de los locales de ocio nocturno.

Es precisamente la problemática de los establecimientos nocturnos la que propició la creación de Planes de Acción Zonal dirigidos a reducir los niveles de ruido con medidas de control policial, ajuste moderado de los horarios de cierre, sistemas de insonorización, campañas de sensibilización a través de la ONG Controla Club y seguimientos digitales de los limitadores de volumen de cada uno de los equipos musicales.

Castellón

El Consell publica la suspensión de licencias en tascas, Tenerías y Lagasca

Las Provincias - 21.05.09 - REDACCIÓN| CASTELLÓN

El Diari Oficial de la Comunitat Valenciana (DOCV) publicó ayer el acuerdo plenario tomado por el Ayuntamiento de Castellón el pasado mes de abril por el que se ratifica la suspensión del otorgamiento de nuevas licencias en las tres zonas donde se aplican los Planes de Acción Zonal (PAZ) incluidos en el Plan Acústico Municipal -aprobado el pasado diciembre), esto es, las áreas de las tascas, Tenerías y Lagasca.

En concreto, en los casos de Tenerías (que también incluye la esquina con la calle Oropesa y la calle Torreblanca) y Lagasca (junto a las calles Marqués de la Ensenada y el cruce con Obispo Salinas) el Consistorio no permitirá la apertura de nuevos locales con ambientación musical. Por lo que se refiere al caso de las tascas (calles Isaac Peral y Barracas) no se concederán licencias para nuevas actividades de ocio y recreo.

La publicación en el DOCV del acuerdo municipal relativo a las tres áreas PAZ supone la plena aplicación del mismo.

Información pública de la suspensión del otorgamiento de licencias en el ámbito de los planes de acción zonal (Plan Acústico Municipal).

[2009/5495]

Ver disposición en el DOCV


El Ayuntamiento en pleno, en fecha 23 de abril de 2009, adoptó el siguiente acuerdo:
«Visto el expediente que se está tramitando para ejecutar el Plan Acústico Municipal y los planes de acción zonal y los siguientes antecedentes:


En fecha 22 de diciembre de 2008, el Pleno de la corporación acordó aprobar con carácter definitivo el Plan Acústico Municipal y los planes de acción zonal de la calle de Lagasca, de la calle de Tenerías y zona de las Tascas.


El acuerdo de aprobación fue publicado en el periódico Mediterráneo, Boletín Oficial de la Provincia y en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana en fecha 7, 12 y 13 de febrero de 2009, respectivamente, requisito necesario para la entrada en vigor.
En fecha 4 de marzo de 2009 se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia el documento de síntesis del Plan Acústico Municipal, que incluye mapas acústicos, programa de actuación y medidas propuestas en los planes de acción zonal, por todo ello y, teniendo en cuenta que:


I. El artículo 21 de la Ley 7/2002 de Prevención de Contaminación Acústica, establece que los planes acústicos tienen por objeto, entre otros, la adopción de medidas que permitan la progresiva reducción de niveles sonoros para situarlos por debajo de los previstos en la ley.


II. El programa de actuación del Plan Acústico y los planes de acción zonal contienen una serie de criterios y medidas de control en materia de tráfico rodado y de actividades de ocio y recreo, procediendo, una vez se halla en vigor, la ejecución del referido Plan Acústico y planes de acción zonal.


III. El artículo 17 del Decreto 104/2006, de 14 de julio, de Planificación y Gestión en materia de Contaminación Acústica, establece que las propuestas contenidas en los planes acústicos municipales deberán ser contempladas en los distintos instrumentos de planeamiento, por lo que procede ajustar el planeamiento urbanístico a tales criterios y propuestas.


IV. El artículo 101 de la Ley Urbanística Valenciana establece que los órganos competentes para someter a información pública planes, aún antes de convocar ésta, podrán acordar la suspensión de la tramitación y del otorgamiento de licencias de actividades para áreas o usos determinados, con el fin de facilitar el estudio o reforma de la ordenación. Dado que debe ajustarse el Plan Urbanístico a los criterios determinados en el Plan Acústico y planes de acción zonal, procede la suspensión por el Pleno de licencias para estudio, al amparo del artículo 123 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local.


Por todo ello, vistos los preceptos mencionados, el informe del asesor jurídico jefe de la Sección de Control Urbanístico, a propuesta del vicealcalde y con el informe de la Comisión de Pleno del Área de Desarrollo de la Ciudad, Sostenibilidad, Medio Ambiente, Vivienda y Servicios Urbanos, se acuerda:


Primero. Suspender para estudio el otorgamiento de nuevas licencias en los siguientes términos:

  • a) Licencias para actividades con ambientación musical en el ámbito del Plan de Acción Zonal Tenerías (calles Tenerías, Tenerías esquina Oropesa y Torreblanca).
    b) Licencias para actividades con ambientación musical en el ámbito del Plan de Acción Zonal Lagasca (calles Marqués de la Ensenada, Lagasca, Lagasca con Obispo Salinas).
    c) Licencias para actividades consideradas de ocio y recreo por el Plan General Municipal de Ordenación Urbana, en el ámbito del Plan de Acción Zonal Tascas (calles Isaac Peral y Barracas).


Segundo. Publicar este acuerdo en los términos previstos en la ley.»
Lo que se hace público para general conocimiento.


Castellón de la Plana, 5 de mayo de 2009.- El alcalde: Alberto Fabra Part. El secretario general del Pleno: José Mateo Rodríguez.

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