viernes, 19 de febrero de 2010

Sábado 20 de febrero de 2010.

 

ElMundo-20-02-100002 

Levante-20-02-10

Un juez obliga a Castellón a medir el ruido en un barrio

M. FABRA - Castellón – El País CV - 20/02/2010

Un juzgado de lo Contencioso administrativo ha obligado al Ayuntamiento de Castellón a medir el nivel de ruido de la zona de Lagasca, con el fin de comprobar si se trata de una Zona Acústicamente Saturada (ZAS). La sentencia responde a un recurso, presentado por la asociación Castelló Sense Soroll, después de que el consistorio decidiera no cumplir un acuerdo adoptado por el pleno municipal, en diciembre de 2006, que recogía la decisión de medir el nivel de ruido en la zona. El equipo de gobierno del PP alegó que dichas mediciones habían quedado en suspenso ante la necesidad de redactar un plan acústico, exigido por la Generalitat desde 2002 para los municipios de más de 20.000 habitantes. Pese a ello, el tribunal considera que debe ejecutarse el acuerdo adoptado en el pleno y proceder a las mediciones ya que las medidas plasmadas en el plan "no sustituyen a las que serían de aplicación de apreciarse que concurren los requisitos para la declaración de una ZAS" que, según ha apuntado la asociación, "son mucho más restrictivas".

En cualquier caso, según aseguró ayer el portavoz del colectivo, Tomás Verdejo, el Ayuntamiento no ha adoptado ninguna de las medidas contempladas en el plan acústico municipal y en el posterior plan zonal, tras un año de vigencia. Entre ellas se encuentra la instalación de limitadores telemáticos de los equipos musicales, que son controlados desde la propia policía, ni la designación de patrullas específicas para el control de ruido. El colectivo admite que los locales han realizado un "esfuerzo" por hacer posible el descanso de los vecinos. "Pero no sabemos si es el que corresponde porque el Ayuntamiento tampoco ha realizado auditorías acústicas", añade.

Costas afirma que la ley no recoge las discotecas de playa

La dirección provincial desconoce si estos locales podrán abrir o no este verano Señala que 200 vecinos del Gurugú se oponen a estas instalaciones, cuya adjudicación ha iniciado el ayuntamiento

Levante – 20-02-10

Uno de los chiringuitos que habitualmente se monta en Castelló.

Uno de los chiringuitos que habitualmente se monta en Castelló.  levante-emv

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Seis de los 35 establecimientos de la provincia cuentan
con problemas
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Castelló

J.M. CASTELLÓ ?
La instalación de discotecas en la playa del Gurugú este verano sigue en el aire. La dirección provincial de Costas afirmó ayer a este diario que el uso de discoteca no está recogido en la Ley de Costas, por lo que su futuro continúa siendo incierto. Las mismas fuentes eludieron confirmar si podrán abrir o no y señalaron que desconocen qué sucederá con estos locales. Con todo, recordaron que unos 200 propietarios del Gurugú han mostrado su oposición a la apertura de estas instalaciones al considerar que llevan a cabo un uso no permitido por la ley.


Con esta incertidumbre, el Ayuntamiento de Castelló ha iniciado la adjudicación de las cuatro discotecas en la playa de Castelló. Las concesiones contemplan los mismos parámetros que en los años anteriores: 150 metros de superficie más 100 de hamacas. El Ejecutivo local considera que el Ministerio de Medio Ambiente podría adaptar la normativa estatal a los locales en 2011. Sin embargo, desconoce que dentro de la categoría chiringuitos no entran las discotecas. Y ahí está el quid de la cuestión. Unos dos centenares de vecinos de la zona del Gurugú han presentado firmas contra la apertura de lo que consideran discotecas. La Ley de Costas permite la instalación en la playa de establecimientos expendedores de comida y bebida, y regula los usos de las embarcaciones de recreo. En ningún artículo contempla la puesta en marcha de locales nocturnos. En la concesión municipal, estos establecimientos no aparecen como disco-pubs, y la terminología que utiliza el ayuntamiento es la de chiringuitos. Sin embargo, los vecinos estiman que su uso es el de discotecas y han reclamado a la Subdelegación del Gobierno que no permita el desarrollo en verano de estos locales.


La Dirección Provincial de Costas subraya, asimismo, que las discotecas no se incluirán en el cambio normativo que estudia el Ministerio de Medio Ambiente para 2011 para permitir la existencia de restaurantes y terrazas desmontables de 150 metros cuadrados en la playa-la ley fija 20 metros-. Fuentes de Costas apuntaron que "Castelló es un mundo aparte" y eludieron confirmar si los locales podrán montarse en las mismas condiciones que otros años.


De esta manera, el proceso administrativo iniciado por el consistorio podría quedar en papel mojado. El concejal de Medio Ambiente, Gonzalo Romero, defendió su viabilidad, y resaltó que ha adelantado las adjudicaciones para "tenerlo todo preparado" en el caso de que el Gobierno dé su visto bueno.

Seis de los 35 establecimientos de la provincia cuentan con problemas

Levante – 20-02-10

En los próximos meses la Dirección General de Costas tendrá una ardua y complicada tarea para decidir sobre la viabilidad de todas las peticiones de chiringuitos. En la Comunitat Valenciana, sólo 8 de las 394 instalaciones del litoral tienen problemas en cuanto al cumplimiento de la Ley de Costas, y Castelló cuenta con 35 locales, y 6 de ellos han de adaptarse a la normativa. Cuatro están en la capital de la Plana. La Ley de Costas afirma que han de ser servicios expendedores de comida y bebida, los desmontables han de tener una superficie máxima de 20 metros cuadrados y los fijos, 150..


El ayuntamiento prevé aprobar de la concesión a los mismos establecimientos y en las mismas condiciones que el año pasado, es decir, con 150 metros de superficie más 100 metros más para hamacas. Los munícipes populares confían en que la presión social haga recapacitar al Gobierno central. Castelló se ha sumado a la campaña del sector hostelero y el Consell para salvar los chiringuitos de playa. El Ministerio de Medio Ambiente estudia posibilitar la apertura de los desmontables a partir de 2011 con los 150 metros cuadrados que cuestiona la ley. Sin embargo, en este grupo no entran los de Castelló. Su uso como pub o discoteca no está recogida por la normativa estatal, y los vecinos del Gurugú también se han movilizado y han alertado que los locales llevan a cabo una actividad que no está regulada por la ley.


El ayuntamiento y el Consell defienden una moratoria en todos los locales de la Comunitat y el traspaso a la autonomía de la competencia en la concesión de locales de playa. De momento, ninguna de esta petición ha sido atendido por el Gobierno. El Ministerio de Medio Ambiente señala que estudiará sus propuestas, pero no hay compromiso. El Consell considera que el Ejecutivo central ha creado un problema inexistente y califica este hecho como un agravio para la Comunitat.

17:43 h.

El Ayuntamiento deberá medir el ruido en la zona de Lagasca

Mediterráneo - 19/02/2010 

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Castellón ha condenado al Ayuntamiento a realizar las mediciones necesarias para determinar la contaminación acústica en la zona de Lagasca para ver si procede declarar esa zona como acústicamente saturada (ZAS). En la sentencia, facilitada por la Asociación Castelló Sense Soroll, se obliga al Ayuntamiento a "realizar las mediciones necesarias para determinar la contaminación acústica existente en el entorno formado por las calles Lagasca, Marques de la Ensenada, Obispo Salinas, Tenerías y avenida Hermanos Bou a fin de declarar, si procede, el referido ámbito como zona acústicamente saturada". Además, dispone que las medidas adoptadas por el Ayuntamiento en aplicación del Mapa Acústico (plan zonal) "no sustituyen a las que serían de aplicación de apreciarse que concurren los requisitos para la declaración de una ZAS", que, según ha apuntado la asociación, "son mucho más restrictivas". "Las mediciones sonoras realizadas no son tan detalladas como las que proceden en una declaración de ZAS", por lo que, añade la sentencia, "procede ejecutar el acuerdo para comprobar si estamos ante una Zona ZAS, que en principio lo sería a tenor de los datos suministrados por el propio Ayuntamiento". El juzgado también expone que la declaración de una zona como acústicamente saturada no es algo facultativo para la Administración pues entra dentro de la obligación municipal de aplicar una planificación acústica racional, y que entre las funciones de la Jurisdicción contencioso-administrativa se encuentra el amparo de los ciudadanos frente a las omisiones en el cumplimiento de sus funciones por parte de la Administración.

..EL MINISTERIO evalúa esta fórmula que PERMITIRÍA DAR COBERTURA LEGAL, YA EN 2011, SIN CAMBIAR LA NORMATIVA DE 1988..

Costas autorizará concesiones a los chiringuitos pero deberán ser fijos

Los hosteleros solicitan igual una moratoria este año y recogerán firmas en la provincia en Magdalena y Fallas.Frente al permiso estival, abarca más tiempo, permite 150 m2, pero precisa invertir en obras y elevar el cánon.

Mediterráneo - 20/02/2010 NOELIA MARTÍNEZ

El 80% de los chiringuitos de España funciona ahora con autorización temporal, según el Ministerio. MEDITERRÁNEO

El 80% de los chiringuitos de España funciona ahora con autorización temporal, según el Ministerio.MEDITERRÁNEO

Los chiringuitos de la playa de grandes dimensiones, que todavía tienen sanciones en trámite de años anteriores, podrían tener un resquicio legal al que ampararse para mantener su actual modelo de ocio en la arena, aunque por la burocracia no será posible para esta temporada. El jefe provincial de Costas en Castellón, Ignacio Gil, explicó que, frente al permiso de temporada que tienen ahora y que obliga a un máximo de 20 m2, la alternativa sería otorgar concesiones. Esta tipología permite hasta 150 m2, e incluso más si está justificado, pero obliga a que la instalación --en arena o fuera de ella, pero dentro del dominio público marítimo-terrestre-- se mantenga más allá del verano y sea fija, siendo el canon mayor al poder dar servicio más tiempo.

TUBOS BAJO LA ARENA // ¿Qué tendría que hacer el hostelero? Básicamente, una inversión en obras de tuberías para conexión eléctrica, de agua y alcantarillado, que para evitar impacto visual deben estar camufladas bajo la arena. Luego, la estructura podría montarse y desmontarse. Precisamente, según indicó Gil, desde Costas se está examinando esta posibilidad, “aún no definitiva, pero que parece factible”, y que implica una fórmula mixta, basada en el artículo 65 del reglamento.

Por el momento, Gil ha comunicado la idea a la mitad de los ayuntamientos costeros --entre otros Castellón, Almenara, Xilxes, Moncofa o Nules-- y prevé concluir en breve la ronda, pues son los entes locales los que regularían la concesión. Gil recordó que la primera opción para un chiringuito es reubicarlo fuera del dominio público, pero reconoció que en ocasiones se hace difícil por la falta de espacio.

También apuntó que en el litoral “se han dado casos extremos de discotecas de playa de casi 1.000 m2 en Castellón o de 400 en Burriana, entre otros”.

Desde el punto de vista del ciudadano, Gil recordó que “hay un marco legal que marca las reglas del juego, y hay para todos los gustos. Hay quien prefiere los chiringuitos en las playas urbanas y cerca de la orilla; y otros que están en contra, bien porque les hace competencia a sus negocios legales o por el ruido”.

DENUNCIA // En este sentido, aportó que este enero ha entrado una denuncia de vecinos del Gurugú de Castellón, con 234 firmas contra los chiringuitos.

La reacción de los hosteleros ante la propuesta fue, por un lado, de ser “bienvenida y dispuesta a ser analizada”, aunque a priori no la vieron del todo adecuada. Así lo apuntaron fuentes de la Asociación Provincial de Empresarios Turísticos de Castellón (Ashotur) que valoraron que “150 m2 serían insuficientes y esas obras sí que contaminarían”. Dado el carácter “estacional”, abogaron por “dar cobertura legal a como están ahora, desmontables, solo en verano, y con área suficiente para la clientela”. Apuntaron que no ocasionan molestias y estaría resuelto “si se atajan fenómenos como el botellón”, que también a ellos les perjudican bastante.

En definitiva, pidieron analizar caso a caso --”queremos trabajar en la legalidad”--, y una moratoria para este verano, “como han dado a los de Valencia”. Además, indicaron que el consistorio sí les ha dicho que autorizará la actividad, de nuevo, de cuatro chiringuitos en el Gurugú este año, pero faltaría Costas. El sector turístico, que ya recopiló 12.000 firmas de apoyo, iniciará otra campaña para variar la ley y transferir competencias al Consell. “Se fijarán puntos de recogida en toda la provincia, por ejemplo, en Magdalena y Fallas, en zonas como los mesones”, avanzaron.

PERALTA // El delegado del Gobierno en la Comunitat, Ricardo Peralta, recordó ayer que los chiringuitos siguen abiertos pese a que el PP “perjuró que el Gobierno los cerraría” y añadió que seguirán “muchos veranos”, siempre y cuando cumplan la legalidad. H

Castellón

Un fallo obliga a medir el ruido en Lagasca para establecer si es zona ZAS

La sala considera que las acciones previstas contra la contaminación acústica en ese área «no han sido efectuadas»

LasProvincias - 20.02.10 - A. B. | CASTELLÓN.

CRONOLOGÍA

  • Noviembre de 2006. El pleno acuerda iniciar acciones contra la contaminación acústica. Las mediciones se iniciaron en febrero.
  • Abril-mayo de 2007. Se licita el Plan Acústico (que entró en vigor en 2009) y suspenden las mediciones.
  • Junio de 2008. Los tres PAZ se exponen al público para aplicarse.

El Ayuntamiento de Castellón deberá realizar en el entorno formado por las calles Lagasca, Tenerías, Marqués de la Ensenada, Obispo Salinas y la avenida Hermanos Bou «las mediciones necesarias para determinar la contaminación acústica existente al objeto de declarar, si procede, el referido ámbito como Zona Acústicamente Saturada (ZAS)».

Es la decisión que la titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Castellón ha tomado a raíz del recurso interpuesto por representantes de la plataforma vecinal Castelló Sense Soroll, al considerar «insuficientes» las acciones contra el ruido llevadas a cabo por el Consistorio a través de la aplicación del Mapa Acústico. En el fallo, la magistrada entiende que los muestreos realizados para elaborar dicho documento «no suplen las mediciones necesarias para comprobar la procedencia de la declaración como ZAS», en cumplimiento del acuerdo plenario del 30 de noviembre de 2006.

En él la Corporación se comprometió a «iniciar las actuaciones necesarias para determinar la contaminación acústica existente» tanto en Lagasca como en la zona de tascas y en Tenerías.

Castelló Sense Soroll presentó un recurso al considerar que la suspensión de las mediciones con sonómetros en 2007 y la implantación de Planes de Acción Zonal (PAZ) en las tres áreas «incumplieron» el acuerdo inicial y «no bastaron» para evitar las molestias. «El problema del ruido es serio y grave y en esta zona existían las condiciones para tramitar su declaración ZAS», aseguró Tomás Verdejo, representante de la entidad vecinal que, en relación al fallo, expresó su «confianza» en que el Consistorio «realice nuevas mediciones en la zona y endurezca las acciones contra la contaminación acústica».

El propio alcalde de Castellón, Alberto Fabra, aseguró ayer tras conocer la noticia que «estamos estudiando la sentencia, y vamos a respetarla». «No nos planteamos recurrirla porque lo que queremos es aplicar fórmulas que garanticen la calidad de vida de los vecinos y que puedan convivir el derecho al ocio con el derecho al descanso de los residentes», avanzó el primer edil, que abundó en que «hemos aplicado medidas en contra del ruido y se ha suspendido la concesión de licencias a locales que pudieran agregar más problemas a estas zonas». De hecho, el propio fallo exime al Consistorio de abonar las costas del proceso al entender que no actuó de «mala fe», sino que su actitud fue «conciliadora» entre los intereses de vecinos y empresarios.

Una sentencia obliga al Ayuntamiento a determinar la contaminación acústica en la zona de Lagasca

   CASTELLÓN, 19 Feb. (EUROPA PRESS)

   El juzgado de lo contencioso administrativo número 1 de Castellón ha estimado un recurso de la Asociación Castelló Sense Soroll, y condena al Ayuntamiento de la capital de la Plana a realizar las mediciones necesarias para determinar la contaminación acústica en la zona de 'Lagasca', a fin de declararla si procede como "acústicamente saturada (ZAS)" en ejecución del Acuerdo municipal de 30 de noviembre de 2006.

   La sentencia considera que las medidas adoptadas por el Ayuntamiento en aplicación del Mapa Acústico (plan zonal) no sustituyen a las que serían de aplicación de apreciarse que concurren los requisitos para la declaración de una ZAS, que son mucho más restrictivas; y las mediciones sonoras realizadas "no son tan detalladas como las que proceden en una declaración de ZAS", por lo que procede ejecutar el Acuerdo para comprobar "si se está ante una Zona ZAS, que en principio lo sería a tenor de los datos suministrados por el propio Ayuntamiento", según informó la asociación en un comunicado.

   El juzgado también expone que la declaración de una zona como acústicamente saturada "no es algo facultativo" para la Administración, pues entra dentro de la "obligación municipal" de aplicar una planificación acústica "racional", y que entre las funciones de la jurisdicción contencioso administrativa se encuentra el amparo de los ciudadanos frente a las omisiones en el cumplimiento de sus funciones por parte de la Administración.

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